Agricultor activo: ¿Cómo demostrarlo después de 2020?

agricultor activo

Actualmente, para recibir ayudas de la PAC —Política Agraria Común— es necesario demostrar que eres un agricultor activo. Es decir, quedan excluidos de las ayudas aquellos que se habían beneficiado de ellas durante muchos años pero en realidad solo eran «agricultores de sofá». Después de 2020, la PAC experimentará algunos cambios. Para que los tengas claros, hemos preparado este artículo.

¿Qué es el agricultor activo?

La Política Agraria Común —PAC— vigente entre 2015 y 2020 establece como requisito imprescindible para beneficiarse de las ayudas ser agricultor activo. El objetivo es evitar que accedan a los pagos aquellas personas que no estén ejerciendo una actividad real. Los únicos que deben recibir las ayudas son aquellos que realmente trabajan por la alimentación y la conservación del medio rural a través de su actividad agraria. 

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El Real Decreto 1075/2014 considera agricultor activo al titular de una explotación agrícola o ganadera inscrita en el registro correspondiente y que lleve a cabo una actividad agraria—ya sea la producción, cría o cultivo de productos agrarios que incluya la cosecha, ordeño, cría o mantenimiento de animales o la conservación de su explotación en un estado adecuado para el pasto o el cultivo—. El agricultor activo debe cumplir con ciertos requisitos que debe demostrar a la hora de solicitar una ayuda de la PAC.

Requisitos para ser considerado agricultor activo

Para ser considerado agricultor activo debes acreditar que no realizas ninguna de las actividades excluidas recogidas en el reglamento. Estas actividades tienen que ver con las ejercidas en aeropuertos, compañías de ferrocarril, compañías de abastecimiento de aguas, de servicios inmobiliarios, deportivas y recreativas permanentes. Así, se pretende evitar que se cobren ayudas agrarias en campos de golf, pistas de aterrizaje o campos de fútbol, algo que había ocurrido con anterioridad. 

Quedan excluidas a no ser que se pueda demostrar que los pagos directos suponen al menos el 5% de los ingresos obtenidos del resto de actividades no agrarias o que los ingresos agrarios distintos de los pagos supongan, al menos, el 20% de sus ingresos agrarios totales.

En el caso de las personas jurídicas, los estatutos deben señalar que la actividad agraria es la principal dentro de su objeto social. En el caso de las personas físicas, deben estar registradas en el SETA, la seguridad social para trabajadores agrarios autónomos.

Qué debes tener en cuenta al presentar la solicitud

A la hora de cumplimentar la solicitud debes realizar una declaración responsable en la que se indique si ejerces o no alguna de las actividades excluidas. Si es el caso, puedes indicar si quieres ser considerado un agricultor activo y justificar por qué. Lo mismo sucede si tienes vínculos con una entidad asociada.

Ten en cuenta que se va a controlar que efectivamente realizas actividad agraria en la superficie para la que pides la ayuda. Por eso, revisarán que al menos el 20% de los ingresos agrarios totales son distintos de los pagos directos de la PAC. Por ejemplo, si en tu declaración del IRPF por módulos declaras 5.000 € de ingresos agrarios totales, al menos 1.000 € deben ser ingresos distintos de los pagos directos de la PAC. En este porcentaje estarían incluidas las indemnizaciones del Sistema de Seguros Agrarios Combinados. 

Si te incorporas a la actividad agraria por primera vez, el requisito del 20% deberás acreditarlo a más tardar en el segundo periodo impositivo. También se podrá postergar si tus cultivos tardan unos años en producir. En el resto de casos, la comprobación del 20% se tomará de los datos declarados en el ejercicio fiscal más reciente. Si en ese ejercicio no se alcanza el porcentaje, se tendrán en cuenta los ingresos de alguno de los dos ejercicios anteriores.

¿Ha sido útil la figura del agricultor activo?

Se alzaron muchas voces en contra de la definición de agricultor activo. Algunos sindicatos y organizaciones agrarias alegaron que demostrar solo el 20% de ingresos agrarios no era suficiente. Además, se encontraron con que estaban exentos de cumplir la regla del 20% preceptores que recibían menos de 1.250 € en ayudas; los integrados en el Régimen de Pequeños Agricultores. En este caso pueden seguir percibiendo ayudas aunque no se consideren agricultores activos; aunque sí deben cumplir el requerimiento sobre las actividades excluidas.

PAC post-2020 y la figura del agricultor activo

La PAC post-2020 se sigue negociando por parte de los miembros de la comisión. Sin embargo, ya han trascendido algunas informaciones acerca de algunos acuerdos de los Estados miembros. En España, el Ministerio de Agricultura trabaja por el mantenimiento de que los que reciban las ayudas sean agricultores reales, sin excluir a los que desempeñan la actividad a tiempo parcial —algo habitual en nuestro país—. Además, España apuesta por un plan en el que jueguen un mayor papel las comunidades autónomas.

El borrador de la PAC sí ha arrojado luz sobre la figura del agricultor activo —en el nuevo texto cambia a agricultor genuino—. El objetivo es garantizar que no recibirán las ayudas aquellos para los que la actividad agrícola representa solo una parte insignificante de su actividad económica general. El fondo de la cuestión parece ser el mismo aunque se establece una novedad: la posibilidad de que sean los Estados miembros los que establezcan los criterios para determinar qué agricultores son genuinos. 

En este sentido, los responsables de las políticas agrarias de nuestro país podrían definir el agricultor genuino en base a la renta agraria. Se podrían fijar parámetros que permitan reflejar la actividad agraria del agricultor sin excluir situaciones particulares como la de los agricultores pluriactivos. 

España apuesta por los pagos directos, pues tienen un papel decisivo en el mantenimiento de las explotaciones agrarias y como herramienta universal de estabilización de los ingresos de los agricultores. Estos pagos directos también benefician al impulso del relevo generacional por el que apuestan las políticas europeas, y especialmente las españolas, que apuestan por mantener pagos complementarios para los jóvenes.

¿Desaparecerán los agricultores de sofá?

A pesar de que se cambia el concepto, agricultor activo por genuino, no parece que las cosas vayan a cambiar demasiado. De hecho algunas administraciones, como el Gobierno de Aragón, creen que el nuevo término es tan inútil como el anterior. Sigue siendo un concepto lo suficientemente ambiguo como para que a efectos prácticos no tenga ninguna repercusión. 

Por otro lado, la distribución de las ayudas tampoco variará demasiado, a no ser que se puedan abolir los derechos históricos y se establezca una distribución del dinero que efectivamente ayude a los agricultores jóvenes y a los profesionales.

Así pues, parece que las cosas no cambiarán demasiado, y las medidas protectoras contra los agricultores de sofá no están del todo claras. Algunos esfuerzos, como el de limitar el techo máximo de ayudas a 60.000 € por cada explotación, tampoco resultan del todo claros porque la cifra es un poco arbitraria y es probable que suba en la aprobación final.

Como conclusión, cabe señalar que a pesar de todo, ante los cambios en el panorama de las ayudas europeas conviene estar al día. Estar al tanto de los cambios legislativos es un deber de cada agricultor. Puedes mantenerte informado en este blog. Recuerda que para percibir ayudas de la PAC, entre otros requisitos, necesitas tener al día tu cuaderno de campo, algo que puedes tener en tu propio móvil y siempre accesible con Agroptima. ¡Y que nada te pille desprevenido!

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